PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
SE AMPLÍA A 4 LA CANTIDAD DE PLANES QUE PUEDEN SER SOLICITADOS. RG 3870
Se elimina la limitación impuesta por la RG 3827 (máximo de 2 planes de facilidades de pago vigentes). Mediante la RG 3870 se establece que los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $ 50.000.000 podrán ampliar el límite antes mencionado, pudiendo registrar en forma concurrente 4 planes de facilidades de pago, siempre y cuando:
1)No posean planes caducos y la fecha de caducidad se hubiera registrado en el sistema "MIS FACILIDADES" dentro de los 12 meses anteriores a la fecha en que se realiza la presentación, incluido el mes de esta última, y el tercer y cuarto plan correspondan a obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, en ambos casos, con frecuencia mensual de presentación de declaraciones juradas y pago. Consideraciones: 1-Monto de ingresos anuales. Para su determinación se considerarán las ventas, locaciones y prestaciones de servicios consignadas en las DJ mensuales del IVA, correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales vencidos contados desde el mes inmediato anterior al de adhesión al presente plan de facilidades. En caso de no registrar ventas, locaciones ni prestaciones de servicios gravadas en los citados períodos fiscales, se tomarán en cuenta los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias en el último período fiscal vencido al mes inmediato anterior a la mencionada adhesión.
2)Cuotas e intereses de financiación: a)-Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
b)-El monto de cada cuota debe ser igual o superior a $ 1.000, excepto que se trate de deudas de trabajadores autónomos o monotributistas, en cuyo caso el monto debe ser igual o superior a $ 500.
c)-La cantidad de cuotas y el interés de financiación aplicable dependen de los ingresos anuales del solicitante y del tipo de deuda a incluir.
3)Vigencia: Las disposiciones establecidas en esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día 02/05/2015.
Saludos